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Lanzarote también se manifestará el 24 de marzo contra el petróleo

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De la hemeroteca de Lanzarotelandia: publicado en 2012, hace 14 años. Lo mantenemos tal como salió; algunos datos pueden haber cambiado.

El 24 de marzo será el gran día. A las 19:00 horas. A buen seguro será la concentración ciudadana más importante de la última decada, precisamente diez años después de que tuviera lugar la del 27 de septiembre del 2002, contra la destrucción del territorio ("ni una cama más"), que también congregó a casi todas las fuerzas políticas y sociales de aquel entonces.

Al final se impuso el sentido común y tras la reunión mantenida esta mañana entre representantes del Cabildo y miembros de diferentes colectivos, se decidió que había que salir conjuntamente con la población de Fuerteventura, quienes ayer mismo, en asamblea ciudadana, eligieron el 24 de marzo como fecha definitiva.

TRANSPORTE PÚBLICO A DISPOSICIÓN DE LOS MANIFESTANTES

El Cabildo facilitará transporte público para que cualquier persona desde cualquier pueblo de la isla pueda asistir a la manifestación, aunque se espera que los Ayuntamientos también colaboren en este sentido.

OTRAS ISLAS TAMBIÉN SE MANIFIESTAN

Pero Fuerteventura y Lanzarote no estarán solas en esta lucha. De momento en Gran Canaria también habrá manifestación el 24 a las 19:00 horas, y se espera que el resto de islas se vayan sumando a la convocatoria, para que el no de canarias a las petroleras se escuche lo más alto y claro posible.

INFORMACIÓN ACTUALIZADA

Pueden seguir la actualidad y noticias en torno a este asunto en los siguienetes grupos de facebook:

Canarias dice no a las petroleras

No a las petroleras, sí a las renovables

Pueden acceder al comunicado del Cabildo en el siguiente enlace.

Comentarios (1)

Comentarios de la web original, conservados tal cual. Están cerrados.

  1. Movimiento por la Unidad del Pueblo Canario · 16 de abril de 2013

    Inclusión de Canarias en la lista de territorios no autónomos

    Sr. Ban Kee-moon:

    El gobierno de España publicó el 21 de Marzo de 2012 en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 547/2012 (http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/21/pdfs/BOE-A-2012-3935.pdf) mediante el que se convalida el Real Decreto 1462/2001, de 21 de diciembre de 2001 (http://www.boe.es/boe/dias/2002/01/23/pdfs/A02945-02946.pdf), que otorga los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «CANARIAS-1», «CANARIAS-2», «CANARIAS-3», «CANARIAS-4», «CANARIAS-5», «CANARIAS-6», «CANARIAS-7», «CANARIAS-8» y «CANARIAS-9», situados en el Océano Atlántico frente a las costas de las Islas de Fuerteventura y Lanzarote, pertenecientes al Archipiélago Canario, actualmente administradas por el gobierno colonialista del régimen monárquico medieval español.

    Las citadas autorizaciones incluyen las aguas comprendidas entre las 4 y las 40 millas náuticas contadas a partir de las costas de las citadas islas Canarias de Lanzarote y Fuerteventura.

    Dichos reales decretos contravienen la legislación internacional, suscrita por España, lo que la convierte en un auténtico estado forajido, según la definición del filósofo estadounidense John Rawls, al infringir la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convención de Montego Bay de 1982), concretamente la parte IV, dedicada a la definición y regulación de los espacios marítimos y aéreos en los llamados Estados archipelágicos (en alusión a la zona marítima pelágica, una de las tres denominadas zonas litoral, pelágica y abisal) (Art. 46 al 54). A tal efecto se entiende por Estado Archipelágico "al constituido totalmente por uno o varios archipiélagos y que podrá incluir otras islas" (Art. 46, a). Y por archipiélago "un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal" (Art. 46, b).

    En justicia la Tercera Conferencia (que desembocó en el Convenio de 1982) rechazó la aspiración de los Estados mixtos (por ejemplo España) de dar a los archipiélagos dependientes de Estados el mismo trato que a los Estados archipelágicos, para evitar esquilmar aún más a las colonias, como es el caso de Canarias, por lo que España está intentando recurrir al método que mejor conoce, la picaresca, para saquear el supuesto petróleo existente entre Canarias y la costa continental africana, atribuyéndose unas competencias que no le corresponden, pues la jurisdicción internacional reconoce competencias a España, en tanto que potencia administradora de la colonia Canaria, en doce (12) millas alrededor de cada isla. A partir de las 12 millas, al ser actualmente Canarias un archipiélago del Estado español y todavía no un Estado archipelágico, las aguas son zona económica exclusiva de Marruecos o del país o países que tengan la soberanía sobre la costa continental africana o son internacionales.

    Lo sorprendente del caso, Sr. Ban Ki-moon, es que el gobierno de Marruecos, hasta donde llegan nuestros conocimientos, tampoco ha procedido a recurrir los citados reales decretos ante el Tribunal Internacional del Mar de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), probablemente porque la ONU no reconoce la soberanía del Estado marroquí sobre el Sahara, al que tiene incluido entre los territorios pendientes de descolonizar, lo que no excluye que España y Marruecos hayan pactado la extracción de petróleo en la zona en cuestión, probablemente avalado por las millonarias inversiones que las empresas adjudicatarias vienen invirtiendo de cara a las futuras extracciones petrolíferas.

    En todo el mundo destacan cinco corrientes costeras asociadas a zonas de afloramiento de nutrientes, fundamentales para el mantenimiento de los organismo marinos y sus ecosistemas, así como por el interés económico de las pesquería en esas zonas: la corriente fría de Canarias (afloramiento del noroeste de África), la corriente de Benguela (afloramiento sudafricano), la corriente de California (afloramiento de California y Oregón), la corriente de Humboldt (afloramiento de Perú y Chile) y la corriente somalí (afloramiento del oeste de la India).

    Las citadas prospecciones petrolíferas, cercanas al afloramiento entre Canarias y el Sahara, denominado banco de pesca canario-sahariano, ponen en grave peligro el mismo, por lo que, mediante el presente escrito le instamos, Sr. Ban Ki-moon, a poner los hechos en conocimiento del Tribunal Internacional del Mar de las Naciones Unidas, para que paralice dichas exploraciones y/o prospecciones, procediendo a la descolonización e independencia de Canarias en aplicación de la Resolución de la ONU, suscrita por España, 1514 (XV) de 14 de Diciembre de 1960 sobre la concesión de la Independencia a los países y pueblos colonizados.

    Muchas gracias por su atención

    Movimiento por la Unidad del Pueblo Canario (Movimiento UPC)

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